La Facturación Electrónica es el ahora
y la tecnología es su aliada

06 marzo 2023
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Por Renata Escrich
y tu equipo EscrichSoft

Recientemente fueron aprobadas las reformas al Código Tributario de nuestro país, mediante Decreto Legislativo No. 487, de fecha 30 de agosto de 2022, las cuales entraron en vigencia día 14 de octubre del mismo mes y año; quedando autorizado de esa forma el Proceso de Facturación Electrónica.

Aún con la información disponible provista por el Ente responsable y por los noticiarios, creo que muchas personas tenemos dudas de ¿cómo funcionará? ¿si tiene beneficios? ¿para quiénes será obligatorio?, requisitos y más; ya sea para los consumidores pues debemos saber cuáles documentos electrónicos podemos exigir a cambio de una transacción o compra; o en el caso de ser contribuyentes todavía más, inquietudes sobre cómo ser emisores de dichos documentos y a la vez cumplir efectivamente con las obligaciones tributarias.

Como dije antes, para consultar sobre el tema podemos encontrar información facilitada por el Ministerio de Hacienda en sus canales digitales, no obstante, en este artículo trataré de resumir los aspectos más importantes que nos ayuden a clarificar este proceso.

La facturación electrónica

Surge como un proyecto de modernización teniendo como su mejor aliada la tecnología, para contribuir al orden y eficiencia de los procesos administrativos y fiscales, así como a mejorar la recaudación, con el nombre de Sistema de Transmisión de Documentos Tributarios Electrónicos (Sistema de Transmisión DTE), a cargo de la Administración Tributaria de dicho Ministerio.

Los DTE son todos los documentos que puede emitir cualquier establecimiento autorizado por la venta de productos o servicios:

  1. Factura Electrónico
  2. Comprobante de Crédito Fiscal Electrónico
  3. Nota de Remisión Electrónico
  4. Nota de Crédito Electrónico
  5. Nota de Débito Electrónico
  6. Comprobante de Retención Electrónico
  7. Comprobante de Liquidación Electrónico
  8. Documento Contable de Liquidación Electrónico
  9. Factura de Exportación Electrónico
  10. Factura de Sujeto Excluido Electrónica
  11. Comprobante de Donación Electrónico

Pero ¿qué diferencia hay entre un documento digital con uno electrónico?

Es necesario comprender que lo que conocemos como digital, puede ser un documento elaborado y archivado en un ordenador o cualquier dispositivo, o en su defecto escaneado, no refiere a que sea un documento con validez en cuanto al tema tributario, pues antes de este sistema de facturación electrónica, la versión en papel era la única válida, en los formatos impresos debidamente registrados y autorizados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Ahora la normativa regula el proceso para que una factura, comprobante de crédito fiscal o cualquiera de los documentos mencionados cumplan con los requisitos de emisión y transmisión de datos y puedan obtener la firma y sello electrónico que le dan su carácter legal y válido, sin necesidad de imprimirlo.


Existen en el proceso de facturación electrónica 3 participantes claves:

Emisor: el contribuyente, persona física o jurídica que vende productos o servicios, responsable de generar, firmar y transmitir el DTE.
Validador: el Ministerio de Hacienda es quien valida y otorga el sello de recepción; además notifica al receptor.
Receptor: el cliente, quien recibe su DTE por cualquier medio electrónico, a cambio de comprar un producto o servicio.

Muy importante mencionar es que el emisor como parte de todos los requisitos a cumplir para ser catalogado como tal, debe obtener el Certificado de Firma Electrónica.

Cuando el proyecto inició, el Ministerio de Hacienda autorizó una muestra los contribuyentes que deseaban ser emisores de DTE, quienes tuvieron que completar una serie de pasos para poder optar al ambiente de pruebas, para que una vez superadas, pudieran presentar solicitud para ser autorizados como emisores de los documentos mencionados por parte de la DGII.

Cabe resaltar que, todavía no es obligatorio para todos los contribuyentes o empresas ser emisores de DTE, porque a la fecha se continúa validando el desarrollo de dicho proceso, pero es muy probable que dentro de poco tiempo deban sumarse, pues ya se tiene la reforma legal para ejecutarlo.

6 pasos

Se deben cumplir una serie de pasos para ser emisores de los DTE, iniciando por el envío de la solicitud, seguido por la obtención del certificado de firma electrónica, realización de pruebas y otros. Al pie de este artículo comparto el link para ver un tutorial relacionado. (Fuente www.factura.gob.sv).

Y aunque es algo nuevo, y falta algo de tiempo para terminar de familiarizarnos con este proceso de facturación electrónica, debemos conocer los beneficios que trae para los contribuyentes:

  • Mayor eficiencia en sus procesos
  • Reducción de costos, ya que los DTE tendrán misma validez que la versión impresa
  • Mejor control interno
  • Reportes con información acertada
  • Eficacia en las operaciones comerciales
  • Facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Por lo antes dicho, sabemos que la facturación electrónica es el ahora, estamos viviendo una nueva era de documentos electrónicos, por lo que todos seremos parte y lo mejor es prepararse para ejecutar el proceso de la mejor manera; esto conlleva al hecho de que las empresas deben adoptar herramientas tecnológicas que les ayuden a maximizar su gestión y por lo tanto a garantizar su éxito.

Es responsabilidad del emisor administrar y desarrollar su propia infraestructura y software que le permita incorporar la firma electrónica a todos los documentos tributarios electrónicos que emita; aunque el Ministerio de Hacienda proveerá un Sistema de Facturación DTE, sin costo y en línea para los contribuyentes que lo requieran, el cual a pesar de ofrecer facilidades tiene sus limitantes, y las que más podría destacar son 4: no pueden accesar los contribuyentes de todas las categorias, está diseñado para un volumen bajo de emisión, no se pueden emitir todos los tipos de documentos, sólo los seleccionados, y no se integra a otro sistema que tenga instalado la empresa. La otra opción es el Sistema de Transmisión DTE, al cual se accesa a través del sistema de facturación propio de la empresa y se integra completamente, es apto para toda categoría de contribuyentes, el volumen de emisión es mayor y se pueden emitir todos los tipos de DTE.

Siendo así, es importante tomar en cuenta que, contar con un sistema o software para administrar la empresa, que esté configurado y listo para el proceso de facturación electrónica, ayudará a que se pueda desarrollar eficazmente; y hay que recordar que, al ser obligatorio, lo mejor será que nos permita o facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias que no son discutibles.


Espero que esta información te sea de mucha utilidad, y si tú cuentas con un negocio o empresa, te invito a mantenerte pendiente de más contenido, deseo que des el salto a lo digital y a la vez seas parte de la nueva era de documentos electrónicos de una forma más fácil, eso lo puedes lograr con el uso de la herramienta tecnológica adecuada.


Para conocer más visita www.mileniumla.com

Conoce más sobre los DTE


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